sábado, 3 de mayo de 2008

ACERCA DE LA DIVISION DEL ENTE EN POTENCIA Y EN ACTO

Elementa
I.Gredt
Acerca de la potencia y el acto en general.

Cómo el ente se divida en potencia y acto.- El ente se divide en potencia y acto: a) en cuanto se divide, en razón del estado, en ente actual y ente posible ( pero esta división mira a la potencia lógica u objetiva solamente, b) en cuanto se divide, casi esencialmente, en ente increado, que es acto puro, y en ente creado, que intrínsecamente esta constituido de potencia y acto. Desde esto concluimos que la potencia y el acto se encuentran en todo predicamento, porque el ente predicamental es el creado.

Noción de acto y de potencia.- La potencia se define por el acto, puesto que la potencia necesaria y esencialmente dice relación al acto – es, en efecto capacidad del acto, “posse” al acto, orden ( transcendental) al acto. El acto, empero:

a) no se puede definir por la potencia. Puesto que el acto en el orden essendi es por sí absoluto; si dice relación a la potencia o a un ulterior acto, esto le sucede a él y le conviene, no como que es acto, sino como es tal acto (así el acto formal de la forma informante dice orden a la potencia, a la materia y a un ulterior acto, al esse ). Mas según nuestro modo de conocer el acto siempre conota la potencia; concebimos, en efecto, el acto como un”quo”, i.e. como aquello, por lo cual es la potencia. Luego el acto no se define por un orden a otro, aunque por nosotros es concebido por orden a otro.

b) El acto de ningún modo se puede definir ni propia ni impropiamente. Porque pertenece ad prima simplicia ( a las primeras evidencias). No se puede definir propiamente, porque no está compuesto lógicamente de partes potenciales, de género y diferencia. El acto no está compuesto de género y diferencia, porque no está compuesto lógicamente de potencia y acto ( el género y la diferencia se relacionan entre sí como la potencia y el acto). El acto, en efecto, no dice más que acto en su concepto, si algún acto dice simultáneamente potencia, esto le sucede y conviene, como es tal acto ( como el acto formal dice potencia por ordenación al esse ). El acto no se puede definir impropiamente por disolución en partes actuales, como el ente, porque no está compuesto de partes actuales. Estas, en efecto, nuevamente se relacionarían entre sí como la potencia y el acto.-

c) El acto se declara sólo por inducción desde los ejemplos naturales. Así el acto de caminar lo decimos de aquel que realmente camina, la potencia de aquel, que aunque esté sentado, puede caminar; el acto de ver de aquel, que ve, la potencia de aquello que, con los ojos cerrados puede ver; igualmente del mármol informe decimos que es estatua en potencia, cuando realmente artísticamente está formado, se dice estatua en acto.

Como llegamos al concepto de acto. – Cuando decimos que el primer conocido por nuestro intelecto es el ente, esto se ha de entender como del ente en acto, no del ente en potencia; el ente, en efecto en potencia no se entiende sino por el ente en acto. Sin embargo en este ente, que está compuesto de potencia y acto ( el primero, en efecto, conocido es el ente creado, más aun el ente corpóreo), el intelecto primero no distingue el acto de la potencia, sino que todo lo conoce confusamente, i. e. no distinguiendo las partes.

Para distinguir las partes, y, por consiguiente, al concepto de acto ( y de potencia) el intelecto llega desde la experiencia sensible de las cosas móviles, que están en movimiento o “fieri” (hacerse), en cuanto distingue eso, que ya está hecho -acto-, de aquello que todavía no está hecho, pero se puede hacer – de la potencia.

Y así primeramente al acto lo concebimos como término del movimiento o de la evolución desde la potencia al acto, de donde ascendemos a concebir el acto (substancia espiritual), que no es el término del movimiento, ni por lo tanto conota potencia , desde la cual ha sido hecho; más aun ni es el término de la mutación o de una efección cualquiera, sino que es porque es por sí ( acto puro), que por lo tanto ni conota potencia lógica u objetiva, de cuya relación haya surgido. Y así entendemos que la relación a la potencia no es esencial al acto; y el acto, aunque por nosotros se conciba ( por la imperfección de nuestro intelecto, que comienza desde las cosas sensibles y mutables), conotando potencia, no se ha de definir por ordenación a la potencia.

Por lo cual al acto lo describimos por la perfección, entendiendo por perfección no sólo a aquella, que haciéndose llega a eso que es, sino también a aquella, que sin “fieri” o efección cualquiera es aquello que es.

División de la potencia. –
a) Divisiones cuasi-accidentales de la potencia.- La potencia, no formalmente tomada como potencia contradistinta contra el acto, sino materialmente tomada como ente según la general razón de ente, se divide por las mismas divisiones, por las cuales se divide el ente. Así como todo el ente se divide por razón del estado en ente actual y posible, la potencia se divide en potencia actual, o real o subjetiva, y potencia posible (posibilidad) o potencia lógica, objetiva.

La potencia real es aquella que tiene “el esse” real en la naturaleza de las cosas, o es en acto en la naturaleza de las cosas y realmente subicitur ( se somete al acto) o recibe al acto, por lo cual es llamada subjetiva. La potencia lógica es la aptitud lógica de recibir la existencia o modo (medida) ideal, según la cual alguien puede existir; es lo mismo que la esencia posible. Así el hombre o animal racional es el modo, según el cual alquien puede existir, por el contrario el círculo cuadrado no muestra el modo apto de recibir la existencia.- Igualmente la potencia como el ente se divide en los diez predicamentos.

b) División cuasi-esencial.- La potencia bajo la misma razón de potencia con división cuasi-esencial se divide en potencia operativa o activa en sentido amplio, y no operativa o pasiva estrictamente dicha La potencia operativa es el “posse” obrar o hacer, potencia de hacer algo u obrar; la potencia no operativa o pasiva es “posse” hacerse o potencia de padecer o recibir algo. La potencia operativa es (la) increada o (la) creada. La potencia increada es el acto puro, que por nosotros es concebida como potencia operativa, como en potencia a la operación.

La potencia operativa creada constituye la segunda especie del predicamento cualidad y se divide por las divisiones asignadas en lógica. La potencia no operativa o pasiva es o la pura potencia –materia prima-; o la potencia no pura que, aunque es acto no último con relación a un ulterior acto es en potencia. Así el acto formal es acto impuro en potencia con relación al acto entitativo; igualmente la potencia operativa creada es acto impuro en potencia con relación a la operación.

División del acto. El acto cuasi-esencialmente se divide en acto absoluto ( es decir absoluto por relación a la potencia) o puro y acto no puro. El acto puro es, aquel que de ningún modo es potencia, en cuanto no dice relación a un ulterior acto, ni es recibido o se limita por alguna potencia. El acto puro es el “esse” subsistens, que es acto último irrecepto.

El acto impuro es acto que al mismo tiempo es potencia, que tiene mezclada alguna potencia, en cuanto dice relación a un ulterior acto – acto formal (forma), que dice relación a un ulterior acto, al “esse”; o es recibido en alguna potencia y es limitado por ella, sin que diga orden a un ulterior acto – acto entitativo finito, “esse finito”, que es recibido en la esencia; o al mismo tiempo es recibido en la potencia y dice orden a un ulterior acto – acto formal recepto. Por eso el acto impuro se divide en acto entitativo y acto formal o forma.

La forma, a su vez, se subdivide en recepta y en irrecepta. El acto entitativo, porque no se ordena a un ulterior acto en la línea de la misma esencia, se dice también acto último; por último, en efecto, termina la esencia, de tal modo que, todo aquello que ulteriormente se sobreañade, sea una nueva esencia, accidentalmente unida a la anterior.


El acto, como es ente, cuasi-accidentalmente se divide, como el ente en acto en estado de realidad y acto posible. Igualmente como la potencia, así también el acto se divide en los diez predicamentos. Además, en cuanto un acto es considerado por orden a otro, accidentalmente se divide en acto primero y en acto segundo. El acto primero es aquel que no supone a otro; el acto segundo, el que supone a otro anterior y a él se añade.

Así la operación es acto segundo, supone, en efecto, a la forma. La existencia también en las criaturas se compara a la forma como el acto segundo.- El acto primero puede ser próximo, al cual inmediatamente sigue el segundo, y remoto, al que no sigue inmediatamente un segundo. Así la potencia de obrar se dice en acto primero próximo, cuando están presentes todos los requisitos para obrar; de otra manera está en acto primero remoto.



Acerca de la relación de la potencia al acto.
Primacía del acto sobre la potencia. –

a) “Toda cosa es perfecta en cuanto está en acto, imperfecta en cambio según que está en potencia” (S. Tomás, C. g. I 28). Es evidente desde el mismo concepto de acto y de potencia; pués la potencia es imperfección, el acto, en cambio perfección.- Lo mismo casi así se enuncia: en cualquier género el acto es más noble que la potencia en cuanto a ese género ( cf. S. Tomás, II Dist. 44, 1 a. 1 ad 2; dist. 19 a. 44 ad 3). En diverso, en cambio, género la potencia puede ser más noble que el acto, porque toda la entidad de este género es más noble; así la potencia sustancial ( puesto que algo sustancial) es más noble que el acto accidental.

b) El acto completamente puro es completamente perfecto; el acto en algún orden puro en ese orden es completamente perfecto.

Relación del acto y de la potencia en cuanto a la causalidad. –

a) “Nada obra si no está en acto” (cf. Santo Tomás), “padece (en cambio) según que está en potencia” (S. Tomás). Pues “pati” es recibir el acto, al cual alguien está en potencia; “agere” es, ciertamente, ejercer la causalidad eficiente, la cual no ejerce alguien, sino es en cuanto existente en acto y en acto dotado de la virtud de obrar y de la acción.

b) Lo que está en potencia, no se reduce al acto sino por el ente en acto” (S.Tomás).
Pues nadie se reduce en acto sino por el agente; el agente, ciertamente, es el ente en acto, como es evidente de lo dicho debajo de a), En cuanto ser reducido en acto sea ser movido, lo mismo también se enuncia diciendo: Todo lo que se mueve, se mueve por otro, es decir todo lo que se reduce al acto, por otro, es decir por el ente en acto se reduce al acto.

c) Lógicamente el acto es anterior a la potencia; realmente en el mismo sujeto la potencia precede al acto; simplemente, en cambio, el acto es anterior a la potencia.-
La potencia, en efecto, se define por el acto; luego el acto lógicamente o según el conocimiento es anterior a la potencia (el alma humana espiritual no se hace de la potencia o de la materia, se hace, sin embargo, en ella); luego en el mismo sujeto la potencia precede al acto. Pero simplemente el acto es anterior a la potencia, porque la potencia no se reduce al acto sino por el ente en acto; la potencia, sin embargo, para ser, debe ser reducida al acto, al acto de existir.

d) Todo ente mutable consta de potencia y acto.- Pues en tanto algo puede ser entendido mutable, en cuanto puede recibir el acto, que no tiene, o perder el acto que tiene; ahora bien, lo que puede recibir o perder el acto, respecto de este acto tiene razón de potencia.

La potencia y el acto, en cuanto constituyen el ente uno.-

a) El acto y la potencia que le responde se distinguen realmente. Pues a veces el acto es realmente separable de la potencia ( como el acto de entender por el intelecto), y entonces ciertamente se distinguen realmente; la real, en efecto, separación es el máximo signo de la distinción. Pero también cuando no son separables entre sí, se demuestra que la potencia realmente se distingue del acto por aquello de que la potencia es aquello que es determinable, el acto en cambio, lo que es determinante.

Ahora bien lo determinante y lo determinable conviene que realmente se distingan.. Ni obsta que el género (potencia o determinable) y la diferencia (el acto o lo determinante) no sean realmente distintas. Pues el género no es potencia real, sino lógica, y la diferencia es acto o determinante lógico sólo, que se constituyen por la abstracción del intelecto.

b) En uno y mismo orden nada puede ser al mimo tiempo acto y potencia; se sigue de los dichos bajo a); en un diverso orden esto no repugna, porque, entonces, no se trata del acto y de la potencia que a él responde. Así la forma es el acto de la materia, pero al mismo tiempo es (la) potencia con relación al “esse”.

c) La potencia se limita por sí misma, el acto no se puede limitar, sino en cuanto es acto de alguna potencia, en la cual es recibida, o es potencia a un acto de un orden superior- Se prueba: La potencia es imperfección, luego limitación del acto o capacidad finita. Por el contrario, el acto es perfección, luego de por sí no dice limitación, luego ex se no se limita.

Nota. – También la potencia se limita por el acto, en cuanto su infinitud potencial se coarta por el acto formal Así la infinitud de la materia, en cuanto está en potencia para recibir cualquier forma informante, se limita por la recepción de la forma

d) De dos entes en acto no se hace uno per se, es decir, un ente.- Pues un ente es el que tiene un esse. El ente en acto, es el que tiene el “esse” en acto. Luego dos entes en acto son dos, de los cuales cada uno tiene su “esse” en acto. El ente, en efecto, se dice por el “esse”.


La distinción real entre el acto y la potencia limitante al acto
(se explica con más cuidado).

El acto ex se y qua talis no se puede limitar. El acto se limita solamente o por la potencia realmente distinta de sí, o porque el acto mismo es potencia para otro acto superior. El acto se limita por la potencia realmente distinta de sí, en la cual se recibe: así la existencia se limita por la esencia, y la forma por la materia. El acto se limita porque es una potencia por algún acto superior. Así la forma es acto de la materia, y junto con la materia es potencia en cuanto a la existencia. Pero, entonces, el acto no se limita, en cuanto es acto, sino en cuanto es potencia. Por lo cual simplemente podemos decir:

El acto por sí no se limita, se limita sólo por la potencia realmente distinta por sí.

Esta proposición constituye el fundamento de la filosofía aristotélico-tomista. Y es ciertamente esta proposición por sus términos evidente por sí misma. Pues el acto por su concepto inmediatamente se manifiesta como aquello, que ex se no se puede limitar, sino que se limita sólo por la potencia realmente distinta de sí. Por su naturaleza el acto tiende a dar la plenitud de la perfección de aquel orden, en que es acto.

El acto, en efecto, esencialmente es perfección: perfección simplemente como acto entitativo, como acto simplemente; perfección “secundum quid”, perfección en algún orden como acto formal, como acto en algún orden. Dado lo cual, no se puede entender como en su realidad física pueda incluir aquello, que lo limita en aquel orden, en el cual es acto. Pues aquello que esencialmente es perfección en algún orden y esencialmente tiende a dar la plenitud de la perfección de aquel orden, no puede al mismo tiempo ser aquello. por lo cual la plenitud de aquella perfección se impide, es decir no puede en su plenitud física incluir aquello por lo cual la plenitud de esta perfección se impide: aquello por lo cual formalmente cada uno tiene la perfección del “essendi”, no puede ser aquello, por lo cual formalmente se impide la plenitud “tou esse”, es decir el acto entitativo o el esse (existir) no puede incluir en su realidad física aquello por lo cual se limita: el “esse” no puede formalmente limitarse a sí mismo.

Y aquello por lo cual cualquier sabio es sabio, no puede ser aquello por lo cual formalmente se impide la plenitud de la sabiduría; la sabiduría no puede formalmente limitarse a sí misma; la sabiduría como causa formal no puede incluir en su realidad física aquello por lo cual se limita. Aquel impedimento por el cual se impide la plenitud de “tou esse”, por el cual se impide la plenitud de la sabiduría, es necesario que provenga ab extrínseco; no puede provenir de la misma realidad física de su causa formal, de la misma realidad física “tou esse” o de la sabiduría.

Si la causa formal se limitare a sí misma al mismo tiempo debería ser aquello por lo cual formalmente alguien tiene la perfección en algún orden, y por lo cual formalmente no tiene la perfección en el mismo orden; lo cual es contradictorio. Toda causa formal ex se da la plenitud en su orden; cuya plenitud no se puede impedir formal, sino materialmente por la potencia, en la cual se recibe la forma o el acto.
Es, en efecto, la causa formal aquello, que tiende ilimitadamente a dar la plenitud de la perfección: La sabiduría de por sí da toda la plenitud de la sabiduría, y el “esse” la plenitud del “essendi”. Si, luego, esta causa formal no es recibida en ningún sujeto, en ninguna potencia, sino subsiste “irrecepta”, no puede explicar toda su infinitud: necesariamente subsiste como acto infinito y único en su orden. La sabiduría, luego, no recibida en ningún sujeto es infinita. Más aun la sabiduría simplemente, como perfección simplemente simple, es infinita simplemente.
La sabiduría en algún género, la sabiduría “secundum quid” sería infinita en su género. Sin embargo recibida en algún género, es una cualidad limitada. Mas esta limitación únicamente proviene del sujeto, con el cual se comunica imperfectamente – imperfectamente según la claridad del conocimiento y según los objetos, a los que se refiere. Los tomistas, con Santo Tomás al frente, usan un ejemplo sensible para declarar esta verdad metafísica.: si la albitud como idea platónica subsistiera esencialmente por sí, sería infinita en su línea; pués sería aquello por lo cual cada cosa blanca indefinida es blanca y no podría ser sino una. Así realmente la forma sustancial, que no sólo es inmaterial o espiritual como el alma humana, pero como puro espíritu completamente no es la forma del cuerpo, sería infinita en su línea y no podría ser sino una en su especie, porque como principio especificativo, subsistente por sí, agotaría el ámbito de toda la especie. Y el “esse” subsistente, que no es recibido en ninguna especie que lo limita, simplemente es infinito o acto puro.
Tampoco se puede decir que el acto se limita, no por la potencia, en la cual es recibido, sino por la causa eficiente, que el acto recibe su limitación por la causa eficiente, por la cual se produce como limitado. Pues la causa eficiente no puede producir un acto limitado, a no ser que lo produzca como recibido en alguna potencia. Si produce un acto irrecepto, es necesario que lo produzca, como conviene al acto irrecepto, es decir como infinito. Así Dios realmente produce la sustancia puramente espiritual infinita en su línea.

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